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AEPD: Cómo Presentar una Reclamación Paso a Paso (Guía 2026)

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Equipo de Seguridad Lunyb
··9 min read

Cuando una empresa, administración pública u organización trata tus datos personales de forma indebida, tienes derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Esta guía te explica, paso a paso, cómo presentar una reclamación en 2026, qué requisitos debes cumplir y qué puedes esperar del procedimiento.

¿Qué es la AEPD y cuándo puedes reclamar?

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la autoridad pública independiente encargada de velar por el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) en España. Su función incluye investigar reclamaciones, imponer sanciones y ofrecer orientación tanto a ciudadanos como a organizaciones.

Puedes presentar una reclamación ante la AEPD cuando consideres que se han vulnerado tus derechos en materia de protección de datos personales. Algunos ejemplos habituales son:

  • Recepción de correos, SMS o llamadas comerciales sin tu consentimiento.
  • Publicación de tus datos personales en internet sin autorización.
  • Cesión de tus datos a terceros sin base legal.
  • Negativa o silencio de una empresa ante el ejercicio de tus derechos (acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad).
  • Inclusión indebida en ficheros de morosos (ASNEF, Experian, etc.).
  • Videovigilancia que capta zonas fuera del ámbito permitido.
  • Filtración o brecha de seguridad que expone tus datos.

Antes de reclamar: intenta resolverlo con la organización

El RGPD establece que, antes de acudir a la AEPD, debes intentar resolver el problema directamente con el responsable del tratamiento. Este paso previo es fundamental porque la Agencia puede inadmitir tu reclamación si no acreditas haberlo intentado.

Cómo ejercer tus derechos ante la empresa

  1. Identifica al responsable: busca en la política de privacidad de la web o servicio los datos de contacto del responsable del tratamiento y, si existe, del Delegado de Protección de Datos (DPD/DPO).
  2. Redacta una solicitud clara: indica qué derecho ejerces (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad) y aporta una copia de tu DNI.
  3. Envíala por un medio con acuse de recibo: email con confirmación de lectura, burofax o formulario oficial de la empresa. Guarda toda la evidencia.
  4. Espera un mes: la organización tiene un plazo máximo de un mes para responder, prorrogable a dos meses en casos complejos, notificándotelo previamente.

Si la respuesta no llega, es insuficiente o rechaza tu petición sin motivo válido, ya puedes acudir a la AEPD.

Documentación necesaria para presentar la reclamación

Preparar bien la documentación acelera el procedimiento y evita que la AEPD te requiera subsanaciones. Estos son los documentos clave:

  • Copia de tu DNI, NIE o pasaporte (obligatorio para identificarte).
  • Copia de la reclamación previa enviada a la organización y su respuesta (si la hubo).
  • Pruebas del tratamiento indebido: capturas de pantalla, correos, grabaciones, contratos, facturas o cualquier evidencia que respalde tu versión.
  • Datos identificativos del responsable: nombre o razón social, CIF si lo conoces, dirección postal y web.
  • Descripción cronológica de los hechos: qué pasó, cuándo y cómo te afectó.

Consejo práctico: cuando compartas capturas o enlaces como prueba, evita exponer más datos personales de los necesarios. Si necesitas enviar URLs largas a la AEPD o a tu abogado, puedes usar un acortador con analíticas como Lunyb para gestionar y proteger los enlaces que compartes durante el procedimiento.

Cómo presentar la reclamación en la Sede Electrónica de la AEPD

La AEPD ha simplificado el proceso mediante su Sede Electrónica. Puedes presentar la reclamación de dos formas: online (recomendado) o en papel. Ambas son gratuitas.

Opción 1: Presentación electrónica (recomendada)

  1. Accede a la Sede Electrónica de la AEPD (sedeagpd.gob.es).
  2. Selecciona la opción "Reclamación ante la AEPD".
  3. Identifícate con Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve. Si no dispones de ninguno, existe una opción de acceso sin identificación digital, aunque limita el seguimiento posterior.
  4. Rellena el formulario con tus datos, los del reclamado y una descripción detallada de los hechos.
  5. Adjunta la documentación en PDF (máximo suele ser 15 MB por archivo).
  6. Firma electrónicamente y presenta la reclamación. Recibirás un justificante con número de expediente.

Opción 2: Presentación en papel

Puedes descargar el formulario en la web de la AEPD y presentarlo:

  • Presencialmente en la sede de la AEPD (C/ Jorge Juan 6, Madrid), previa cita.
  • Por correo postal certificado a la dirección anterior.
  • En cualquier registro público (oficinas de Correos con servicio ORVE, ayuntamientos, etc.) conforme al art. 16 de la Ley 39/2015.

Qué ocurre después de presentar la reclamación

La AEPD sigue un procedimiento reglado con varias fases. Conocerlas te ayudará a saber qué esperar en cada momento.

Fase 1: Admisión a trámite

La Agencia analiza si tu reclamación cumple los requisitos formales y si hay indicios de infracción. Puede:

  • Admitir la reclamación y abrir expediente.
  • Inadmitir si falta información, no intentaste ejercer tus derechos previamente o el asunto no es competencia de la AEPD.
  • Trasladar el caso al Delegado de Protección de Datos de la organización para que responda en un mes.

Fase 2: Investigación previa

La AEPD solicita información al reclamado y puede realizar inspecciones. Esta fase puede durar entre 3 y 12 meses según la complejidad.

Fase 3: Procedimiento sancionador (si procede)

Si se detecta infracción, se abre expediente sancionador. El reclamado puede presentar alegaciones y, finalmente, la AEPD dicta resolución que puede incluir apercibimiento, orden de cese o multa económica (hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual).

Fase 4: Notificación de la resolución

Recibirás la resolución final. Si no estás conforme, puedes interponer recurso potestativo de reposición ante la AEPD o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en dos meses.

Plazos aproximados del procedimiento

FasePlazo aproximadoQuién actúa
Reclamación previa a la empresa1 mes (prorrogable a 2)Responsable del tratamiento
Admisión a trámite por la AEPD1-3 mesesAEPD
Investigación previa3-12 mesesAEPD
Procedimiento sancionador9-12 meses (máx. 12+9 prorrogable)AEPD
Recurso contencioso-administrativo2 meses para interponerloAudiencia Nacional

Consejos prácticos para que tu reclamación prospere

1. Sé específico y cronológico

Describe los hechos con fechas concretas, evita adjetivos innecesarios y céntrate en los datos. Un relato ordenado facilita el trabajo del instructor y aumenta las posibilidades de admisión.

2. Aporta pruebas sólidas

Las capturas de pantalla deben incluir URL, fecha y hora visibles. Si es una llamada comercial, indica número, hora y qué se dijo. Los correos electrónicos deben aportarse con cabeceras completas si es posible.

3. Identifica bien al responsable

Confundir al responsable del tratamiento con un encargado (por ejemplo, reclamar contra un call center en lugar de la empresa contratante) puede llevar al archivo del expediente.

4. Cita la normativa aplicable

No es obligatorio, pero mencionar los artículos del RGPD que consideras vulnerados (art. 6 sobre licitud, art. 13 sobre información, art. 17 sobre supresión, etc.) refuerza tu argumentación.

5. Protégete de futuros incidentes

Muchas reclamaciones se originan por brechas de seguridad o filtraciones. Aprender a protegerte reduce el riesgo. Te recomendamos leer nuestras guías sobre cómo protegerte del ransomware y cómo evitar el fingerprinting de navegador para minimizar tu huella digital.

Errores frecuentes que llevan a la inadmisión

  • No haber contactado antes con la empresa: la AEPD suele exigirlo salvo excepciones (filtraciones masivas, imposibilidad manifiesta).
  • Reclamar contra particulares por asuntos privados: el RGPD excluye el ámbito estrictamente doméstico.
  • No adjuntar el DNI o hacerlo con calidad insuficiente.
  • Presentar la reclamación fuera de plazo tras la respuesta de la empresa (no hay plazo estricto, pero cuanto antes, mejor).
  • Descripciones vagas del tipo "me han enviado spam" sin fechas ni pruebas.

Casos especiales de reclamación

Ficheros de morosos (ASNEF, Experian, Badexcug)

Si te han incluido en un fichero de morosos sin cumplir los requisitos (deuda inexistente, no notificada previamente, no cierta o no exigible), tienes derecho a solicitar la baja al fichero y al acreedor. Si no la obtienes en un mes, puedes reclamar ante la AEPD aportando el contrato, requerimientos y respuesta.

Videovigilancia comunitaria o vecinal

Las cámaras solo pueden captar zonas privadas del titular. Si captan vía pública, portales comunes sin acuerdo, o zonas de otros vecinos, cabe reclamación. Aporta fotos del emplazamiento y del ángulo de visión.

Spam telefónico y publicidad no deseada

Desde 2023, con la nueva Ley General de Telecomunicaciones, las llamadas comerciales requieren consentimiento previo. Si sigues recibiendo llamadas tras oponerte o inscribirte en la Lista Robinson, puedes reclamar aportando el registro de llamadas.

Filtraciones y brechas de seguridad

Si una empresa sufre una brecha que afecta a tus datos, debe notificártelo si hay alto riesgo. Puedes reclamar tanto por el hecho de la filtración (falta de medidas de seguridad) como por la falta de notificación.

Alternativas y complementos a la reclamación

La AEPD no siempre es el único ni el mejor camino. Considera estas opciones adicionales:

  • Reclamación al Delegado de Protección de Datos (DPD): obligatorio en administraciones y grandes empresas. Suele ser más rápido.
  • Vía civil: si hay daños y perjuicios cuantificables, puedes reclamar indemnización ante los juzgados civiles (art. 82 RGPD).
  • Juntas arbitrales de consumo: útiles cuando el problema tiene componente de consumo (contratos, servicios).
  • Autoridades autonómicas: en Cataluña (APDCAT), País Vasco (AVPD) y Andalucía existen autoridades autonómicas competentes para el sector público autonómico y local.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta presentar una reclamación ante la AEPD?

Es totalmente gratuita. No necesitas abogado ni procurador para presentarla, aunque en casos complejos o si buscas indemnización civil posterior, contar con asesoramiento legal puede ser recomendable.

¿Cuánto tarda la AEPD en resolver una reclamación?

Depende de la complejidad. Casos sencillos pueden resolverse en 6-9 meses, mientras que expedientes sancionadores contra grandes empresas pueden extenderse 18-24 meses. La AEPD ha ido mejorando sus tiempos con el sistema de admisión rápida.

¿Puedo obtener una indemnización si gano la reclamación?

La AEPD puede imponer sanciones al infractor, pero esas multas van al Tesoro Público, no a ti. Para obtener indemnización personal por daños morales o materiales, debes acudir a la vía civil, generalmente tras obtener una resolución favorable de la AEPD que sirva como prueba.

¿Qué pasa si la empresa reclamada está fuera de España?

Si es una empresa establecida en otro país de la UE, la AEPD activa el mecanismo de ventanilla única y coopera con la autoridad de ese país. Si está fuera de la UE pero ofrece servicios a residentes en España, el RGPD también se aplica y la AEPD puede intervenir.

¿Puedo reclamar de forma anónima?

No. La AEPD requiere identificación del reclamante para tramitar la reclamación. Sin embargo, existen los canales de denuncia, donde puedes informar de forma anónima sobre posibles infracciones, aunque no tendrás la condición de interesado en el procedimiento.

Conclusión

Presentar una reclamación ante la AEPD es un derecho fundamental que garantiza el control sobre tus datos personales. Con una buena preparación —reclamación previa a la empresa, documentación sólida y descripción clara de los hechos— aumentas notablemente las probabilidades de éxito. Recuerda que la protección de datos empieza por la prevención: minimizar tu exposición online, usar herramientas de gestión segura de enlaces y mantenerte informado sobre amenazas actuales son la mejor defensa. Y cuando algo falla, la AEPD está para hacer valer tus derechos.

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