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AEPD: Cómo Presentar una Reclamación Paso a Paso (Guía 2026)

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Equipo de Seguridad Lunyb
··9 min read

Si consideras que una empresa, administración o particular ha tratado tus datos personales de forma indebida, tienes derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Este procedimiento es gratuito, está regulado por el RGPD y la LOPDGDD, y puede derivar en sanciones económicas para el infractor. En esta guía te explicamos, paso a paso, cómo presentar una reclamación ante la AEPD en 2026, qué documentación necesitas y cómo redactarla para que sea admitida y prospere.

¿Qué es una reclamación ante la AEPD?

Una reclamación ante la AEPD es el procedimiento oficial mediante el cual una persona física comunica a la autoridad de control española una posible infracción de la normativa de protección de datos personales. La AEPD es el organismo público independiente encargado de velar por el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) en España.

A diferencia de una denuncia penal, una reclamación ante la AEPD se centra en infracciones administrativas: envío de publicidad sin consentimiento, instalación de cookies sin información adecuada, publicación de datos personales sin base legítima, falta de respuesta a un derecho de acceso o supresión, filtraciones de datos, videovigilancia excesiva, etc.

Cuándo tiene sentido reclamar

  • Una empresa te envía correos comerciales sin que hayas dado tu consentimiento o tras haber solicitado la baja.
  • Ejerciste tu derecho de acceso, rectificación, supresión u oposición y no te respondieron en el plazo legal (un mes, ampliable a dos).
  • Han publicado datos tuyos (DNI, teléfono, fotos, dirección) sin autorización.
  • Has sufrido una filtración y la empresa no te ha informado adecuadamente.
  • Una cámara de videovigilancia enfoca a la vía pública o a espacios privados sin justificación.
  • Figuras indebidamente en un fichero de morosos (ASNEF, Equifax, Experian).

Requisitos previos antes de reclamar

Antes de presentar la reclamación formal ante la AEPD, en la mayoría de los casos conviene (y a veces es obligatorio) haber intentado resolver el conflicto directamente con el responsable del tratamiento. La propia Agencia puede inadmitir una reclamación si no has ejercido antes tus derechos ante la empresa.

Paso previo: ejerce tus derechos ARSOPL

Los derechos reconocidos por el RGPD son conocidos como ARSOPL: Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Portabilidad y Limitación. Para ejercerlos:

  1. Identifica al responsable del tratamiento (normalmente aparece en su política de privacidad).
  2. Localiza el correo del Delegado de Protección de Datos (DPO) o un canal específico para ejercer derechos.
  3. Envía tu solicitud por un medio que deje constancia (email, burofax, formulario con acuse).
  4. Adjunta copia de tu DNI o documento identificativo.
  5. Espera la respuesta durante un mes (ampliable a dos si el caso es complejo, pero deben comunicártelo).

Si no responden, responden de forma insatisfactoria o directamente deniegan tu derecho sin motivo, ya tienes base sólida para reclamar.

Cómo presentar una reclamación ante la AEPD paso a paso

La AEPD ha simplificado enormemente el proceso en los últimos años. Puedes presentar la reclamación de forma totalmente electrónica a través de su sede, sin necesidad de abogado ni procurador, y sin coste alguno.

1. Accede a la Sede Electrónica de la AEPD

Entra en sedeagpd.gob.es y busca el apartado "Reclamación" o "Presenta una reclamación". Verás distintos formularios según el tipo de infracción: envío de publicidad, cookies, videovigilancia, falta de respuesta a derechos, brechas de seguridad, etc. Elige el que mejor se ajuste a tu caso.

2. Identifícate electrónicamente

Necesitarás uno de estos medios de identificación:

  • Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente.
  • Certificado digital de la FNMT.
  • DNIe con lector o DNIe por NFC desde el móvil.

Si no dispones de ninguno, también puedes presentarla por registro presencial en una oficina de Correos (ORVE) o en cualquier registro público, dirigida a la AEPD (C/ Jorge Juan 6, 28001 Madrid).

3. Rellena el formulario

El formulario te pedirá:

  • Tus datos personales y de contacto.
  • Datos del reclamado (nombre, CIF si lo conoces, dirección, web).
  • Descripción clara y cronológica de los hechos.
  • Fundamentos: qué artículos del RGPD o LOPDGDD consideras vulnerados (no es obligatorio citarlos, pero ayuda).
  • Documentación acreditativa (capturas, emails, burofaxes, respuestas recibidas).

4. Adjunta pruebas sólidas

Las pruebas son el elemento clave de una reclamación con éxito. Sin pruebas, la AEPD tendrá difícil abrir un procedimiento sancionador. Adjunta:

  • Capturas de pantalla con fecha visible (y URL completa si es web).
  • Emails completos con cabeceras si es posible.
  • Copia de tu solicitud previa de ejercicio de derechos y el acuse de recibo.
  • Burofaxes con certificado de contenido.
  • Grabaciones, fotografías o documentos oficiales relevantes.

5. Firma y presenta

Revisa todo, firma electrónicamente y presenta. Recibirás un justificante con número de expediente. Guárdalo: es tu referencia para cualquier consulta posterior.

Qué ocurre tras presentar la reclamación

El procedimiento de la AEPD consta de varias fases y puede durar entre varios meses y más de un año, dependiendo de la complejidad y la carga de trabajo de la Agencia.

Fase de admisión

La AEPD analiza si la reclamación cumple los requisitos mínimos. Puede inadmitirla si:

  • No existe infracción aparente de la normativa.
  • No has ejercido previamente tus derechos ante el responsable (cuando era exigible).
  • Faltan datos esenciales o pruebas mínimas.
  • Los hechos están prescritos.

Fase de traslado al reclamado

Si se admite, la AEPD traslada la reclamación al reclamado para que responda. En muchos casos, el responsable subsana voluntariamente la situación (te da de baja, elimina los datos, responde a tu derecho) y el expediente puede archivarse si se considera resuelto.

Fase de investigación o sanción

Si la infracción es relevante o reiterada, se abre un procedimiento sancionador. Las multas pueden ir desde apercibimientos simbólicos hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual, lo que sea mayor, en los casos más graves.

Tipos de reclamaciones más frecuentes

Tipo de reclamaciónNormativa aplicablePrueba clave
Publicidad no consentida (spam)Art. 21 LSSI, Art. 6 RGPDCorreos recibidos, solicitudes de baja ignoradas
Cookies sin consentimiento válidoArt. 22 LSSI, Guía Cookies AEPDCapturas del banner y de las cookies instaladas
Inclusión indebida en morososArt. 20 LOPDGDDDeuda inexistente o controvertida, falta de requerimiento previo
Videovigilancia excesivaArt. 22 LOPDGDDFotos del enfoque de la cámara, ausencia de cartel informativo
Falta de respuesta a derechos ARSOPLArts. 15-22 RGPDSolicitud enviada con acuse, ausencia o denegación de respuesta
Brecha de seguridad / filtraciónArts. 33-34 RGPDComunicaciones recibidas, notificaciones públicas, exposición de tus datos

Si tus datos han aparecido en una filtración, además de reclamar ante la AEPD te recomendamos revisar nuestra guía sobre qué hacer si tu DNI ha sido filtrado, con medidas concretas para minimizar el impacto.

Cómo redactar los hechos: consejos prácticos

Una buena redacción multiplica las probabilidades de éxito. La AEPD recibe decenas de miles de reclamaciones al año, por lo que la claridad es fundamental.

Estructura recomendada

  1. Contexto breve: quién eres y qué relación tienes (o no) con el reclamado.
  2. Cronología de hechos: fechas concretas y acciones realizadas por ambas partes.
  3. Normativa vulnerada: menciona los artículos del RGPD/LOPDGDD si los conoces.
  4. Petición concreta: qué quieres que la AEPD haga (que se te dé de baja, que se abra investigación, que se sancione, etc.).
  5. Relación de pruebas numeradas y referenciadas.

Errores comunes a evitar

  • Mezclar varios conflictos no relacionados en una misma reclamación.
  • Usar lenguaje ofensivo o emocional en lugar de descriptivo.
  • No adjuntar pruebas pensando que "ya se investigará".
  • Olvidar anonimizar datos de terceros que aparezcan en tus capturas.
  • No haber ejercido antes el derecho correspondiente ante la empresa.

Plazos y prescripción

Las infracciones del RGPD prescriben, según su gravedad:

  • Leves: 1 año.
  • Graves: 2 años.
  • Muy graves: 3 años.

El plazo cuenta desde que la infracción se cometió (o cesó, en caso de infracciones continuadas). No esperes demasiado: cuanto más fresco esté el hecho, más fácil será recopilar pruebas.

Alternativas y complementos a la reclamación

Reclamar ante la AEPD no excluye otras vías. Si has sufrido un daño económico o moral, puedes además:

  • Reclamar indemnización por vía civil (Art. 82 RGPD).
  • Acudir a las asociaciones de consumidores (OCU, FACUA).
  • Presentar reclamación ante consumo si hay vulneración paralela de derechos del consumidor.

Prevención: reduce tu exposición de datos

La mejor reclamación es la que no tienes que presentar. Reducir tu huella digital minimiza el riesgo de que tus datos acaben donde no deben:

  • Usa correos y teléfonos desechables para registros no esenciales.
  • Revisa periódicamente las cookies y permisos en tus navegadores. Puedes consultar nuestra guía de mejores navegadores privados en 2026.
  • Cuando compartas enlaces en redes o campañas, utiliza acortadores que respeten la privacidad y no vendan los datos de clic. Herramientas como Lunyb permiten acortar URLs sin tracking invasivo y con estadísticas agregadas, útiles si gestionas comunicaciones y quieres cumplir con el RGPD. Puedes compararlo con otras opciones en nuestra guía de la mejor plataforma de gestión de enlaces 2026.
  • Ejerce con regularidad tus derechos de supresión en servicios que ya no utilices.

FAQ: Preguntas frecuentes sobre reclamar ante la AEPD

¿Cuánto cuesta presentar una reclamación ante la AEPD?

Es completamente gratuita. No necesitas abogado ni procurador. Solo invertirás tu tiempo en recopilar pruebas y redactar los hechos. Si decides contratar asesoramiento profesional, ese coste correrá por tu cuenta, pero no es obligatorio.

¿Puedo reclamar de forma anónima?

No. La reclamación requiere identificar al reclamante. No obstante, la AEPD puede iniciar actuaciones previas de investigación de oficio si recibe información (incluso anónima) sobre una posible infracción grave. Si quieres reclamar sin aparecer, puedes informar a la AEPD por vía general, pero no tendrá la consideración formal de reclamación.

¿Cuánto tarda la AEPD en resolver?

Depende mucho del tipo de caso. Reclamaciones sencillas (una baja de publicidad, por ejemplo) pueden resolverse en pocos meses. Procedimientos sancionadores complejos pueden alargarse más de un año. Recibirás notificaciones electrónicas en cada fase si te identificaste con certificado o Cl@ve.

¿Qué pasa si la AEPD inadmite mi reclamación?

Puedes interponer recurso potestativo de reposición ante la propia AEPD en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. En muchos casos basta con subsanar los defectos (adjuntar más pruebas, acreditar el ejercicio previo de derechos) y presentar una nueva reclamación.

¿Recibo yo la multa que pague la empresa?

No. Las sanciones económicas impuestas por la AEPD se ingresan en el Tesoro Público, no en el reclamante. Si quieres obtener una indemnización personal por el daño sufrido, debes acudir a la vía civil en virtud del artículo 82 del RGPD, aportando la resolución sancionadora de la AEPD como prueba de la infracción.

¿Puedo reclamar contra una empresa extranjera?

Sí, siempre que trate datos de residentes en la Unión Europea. La AEPD actuará como autoridad de control y, en virtud del mecanismo de "ventanilla única" del RGPD, coordinará el caso con la autoridad del país donde la empresa tenga su establecimiento principal en la UE. Si la empresa está fuera de la UE pero dirige su actividad a España, la AEPD también puede actuar.

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